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El Régimen Especial de Bienes Usados (o como nos gusta llamarlo, el REBU) es un régimen especial dentro del IVA. ¿Qué quiere decir esto? Pues que dentro de la ley de IVA, hay un régimen especial que se utiliza para casos específicos. ¡Ojo! ¿Significa esto que el REBU es un IVA diferente? ¿Otro porcentaje? ¡No! El REBU es el mismo porcentaje de IVA (el 21% generalmente y en ocasiones el 4%) pero aplicado a ciertos casos. Lo vemos más en detalle.
Como te decíamos, el REBU es un régimen especial dentro del IVA por el que se rigen ciertas compraventas. Es importante recalcar que es un régimen voluntario, es decir, que será decisión tuya si quieres acogerte a él o aplicar el régimen normal de IVA.
El REBU lo aplican los revendedores, los profesionales que venden artículos de segunda mano. Hay que dejar claro que no sirve para cualquier revendedor, tienes que estar acogido a un régimen de IVA, es decir, tener una actividad económica. Así que no, tu venta en Wallapop no entraría aquí porque no se aplica a particulares.
Otro detalle importante es que no sirve cualquier tipo de bien para el REBU. En general, se puede aplicar a la reventa de:
Y podrás aplicar siempre que cumplas que el bien que quieres revender lo hubieras adquirido de las siguientes formas:
No podrían aplicarse el REBU los revendedores que trabajasen con:
Lo positivo de este régimen de IVA es que, a diferencia del normal en el que pagas por todo el valor del bien (si algo cuesta 100€, 21€ son IVA) en el REBU solo se aplica el porcentaje sobre el margen de beneficio que tengas. Como los artículos son reventas, la forma de aplicar el porcentaje es sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra, es decir, sobre el beneficio que tengas. Así, aunque vendas por 100€, si el bien al comprarlo te costó 40€, el REBU se paga por los 60€ que sacas de beneficio, no por los 100€.
Existen dos formas para tributar por el REBU en España. Una es operación por operación y otra con el margen global. Veamos cada una.
Como dice su nombre, este régimen permite aplicar el REBU a cada reventa que hagas. Tratas cada venta individualmente, viendo cuánto valía el bien al comprarlo y qué margen esperas de cada operación, y sobre él aplicar el porcentaje.
Si el anterior método es muy lioso por el volumen de ventas que tienes, tu opción es sacar el margen global de tus ventas. Con este método se hace el cálculo de todas las compras y todas las ventas del trimestre, no producto a producto. Sobre tu margen trimestral, aplicas el REBU. Si en algún trimestre tus compras son superiores a tus ventas (es decir, no tienes beneficios sobre los que aplicar el REBU) se compensa en el siguiente periodo.
Para tributar el REBU con esta forma siempre tendrás que solicitarlo en la AEAT durante el mes de diciembre o en el momento de darte de alta de autónomo. Y si, nuestros asesores fiscales de autónomos te lo tramitan si quieres 😏. Eso sí, si te acoges a este método no podrás renunciar a él hasta que finalice el año.
Los bienes que están admitidos en este régimen son:
Como decíamos, puedes solicitar con otros bienes este régimen en el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, aunque la Administración puede revocar tu autorización si dejas de cumplir los requisitos que te pidan.
¿Cómo funciona contablemente el Régimen Especial de Bienes Usados?
Las facturas usando REBU son iguales a las demás, excepto en dos detalles. Cuando haces una factura con REBU, no puedes consignar separadamente la cuota de IVA. Normalmente en las facturas se especifica por una parte la base imponible (el precio del bien) y por otra la cantidad de IVA que le corresponde. En este caso, no se distinguen los conceptos, sino que el precio que pongas ya debe llevar incluido el IVA. Debajo simplemente tendrás que especificar que la factura está sujeta al Régimen Especial de Bienes Usados y listo.
En el caso de que revendas a un país de la Unión Europea, además de no separar el IVA del importe total, deberás incluir la frase tributado con arreglo al régimen especial previsto en los artículos 312 a 315 de la Directiva IVA.
En estos casos, en vez de la factura habitual, deberás enviar al comprador un documento acreditativo de compra. Este tiene que ser firmado por el comprador y contendrá los datos y requisitos generales que se exigen a cualquier factura: nombre completo, número de factura, base imponible…
Además de los libros registro habituales, para llevar la contabilidad de IVA del Régimen Especial de Bienes Usados los revendedores deben llevar otros dos Libros de Registros (el que corresponda en su caso):
Mediante estos dos libros de registros puedes contabilizar las facturas de compra en Régimen Especial de Bienes Usados.
Como las otras liquidaciones de IVA, el REBU se declara trimestralmente a través del modelo 303 de Hacienda y anualmente en el modelo 390.
En ningún caso podrás deducir el IVA del REBU de tus compras y no se podrá meter como IVA soportado. La razón es que el porcentaje ya se está sacando sobre el margen de beneficio y no sobre el importe total de la venta, así que no entra dentro de las deducciones de IVA.
Mejor ver el REBU con casos prácticos, ¿no te parece?
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