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Espera, ¿que puedes fraccionar el pago de la renta? Pues sí, si te ha salido a pagar y prefieres no dejar la cuenta en números rojos, puedes dividir la cantidad en dos cómodos plazos. Así que no te preocupes, te lo explicamos todo paso a paso.
No, no puedes dividirlo en todos los plazos que quieras, aquí no mandamos nosotros. Hacienda permite fraccionar la declaración de la renta en dos pagos, pero eso sí, sin intereses. Primero pagas el 60% y luego el 40%, y ni un céntimo extra si cumples las fechas.
Toma nota de estas dos fechas clave:
Estas son las fechas oficiales para la Renta 2025 (declaración presentada en 2026). Lo mejor es que no tendrás que preocuparte por intereses ni recargos si lo haces dentro de estos plazos.
Fraccionar la renta es muy sencillo, solo tienes que seleccionar la opción cuando presentes la declaración. Si usas la web de la Agencia Tributaria, sigue estos pasos:
Si prefieres hacerlo a través de un ingreso directo, necesitarás el NRC (Número de Referencia Completo), lo que implica unos pasos más. Pero si decides no domiciliar el segundo pago, puedes realizarlo con el modelo 102, disponible en cualquier banco o online, si tienes certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
Como novedad en la Renta 2025, también puedes realizar el pago mediante Bizum o tarjeta bancaria directamente desde la sede electrónica de la AEAT.
Aquí te traemos malas noticias: no puedes fraccionar la renta en más de dos pagos cuando presentas la declaración de la renta de manera habitual. Hacienda solo permite dividir el importe en dos plazos. Si necesitas un aplazamiento mayor, tendrías que solicitarlo a través del modelo 100, pero en casos muy específicos o por circunstancias extraordinarias, como dificultades económicas graves.
Si te preguntas si existe la opción de fraccionar el pago de la renta en 6 meses, la respuesta directa es no, al menos por norma general. Si te enfrentas a un problema económico serio, podrías pedir un aplazamiento personalizado directamente a Hacienda, pero te pedirá que lo justifiques bien. Además, en estos casos sí que puede haber intereses de demora. Eso sí, no esperes que te lo den si ya has incumplido las fechas de pago.
Si ya habías optado por el pago fraccionado pero has cambiado de idea y prefieres pagar el total de una vez, puedes cancelar el fraccionamiento. Para hacerlo, tienes que dirigirte a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o a tu banco (si has domiciliado el pago) y anular la domiciliación del segundo plazo.
Esto te permitirá pagar el importe restante de una sola vez. Es importante hacerlo antes de que se cumpla la fecha límite del segundo pago: el 5 de noviembre de 2026, para evitar recargos o intereses por incumplimiento de plazos.
El último día para solicitar el pago fraccionado es cuando presentas la declaración de la renta. Si eliges domiciliación bancaria para el primer plazo, ten en cuenta que el plazo de domiciliación finaliza el 25 de junio de 2026 (antes del fin de campaña del 30 de junio de 2026). Si no seleccionas esta opción al hacer la declaración, no podrás optar por el fraccionamiento más tarde. Además, si domicilias ambos pagos, es importante tener en cuenta que el segundo se cargará automáticamente en tu cuenta el 5 de noviembre de 2026, así que asegúrate de que haya saldo suficiente en esa fecha.
Los requisitos y umbrales pueden cambiar y dependen de tu situación. Consulta la información oficial de la AEAT.
Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento fiscal personalizado.
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