Tu declaración de la renta con un asesor personal. Fácil y sin errores. Saber más
Abril. Toca saldar cuentas con Hacienda. Pero hay un problema, no tienes mucho dinero ahorrado y ha salido a pagar. Fuck. ¿Qué pasa ahora? Sintiéndolo mucho, de Hacienda no escapa nadie, pero sí que hay algunas cositas que puedes hacer si no puedes pagar la renta.
Cuando la situación no es del todo grave, lo más recomendable, si no puedes pagar la renta, es fraccionar el pago en dos. De esta forma, tendrás hasta el 30 de junio de 2026 para pagar el 60% de tu cuota. Si quieres domiciliar ese primer pago en tu cuenta bancaria, el plazo acaba el 25 de junio de 2026. El otro 40% lo pagarás antes del 5 de noviembre de 2026.
Para hacer esto, simplemente tienes que marcar la casilla Pago fraccionado al hacer tu declaración y rellenar el resto de los datos. Asegúrate de que tu cuenta bancaria tenga suficiente dinero cuando llegue el momento de los pagos, y listo. Fácil, rápido y para toda la familia. Por cierto, si lo prefieres, también puedes pagar tu cuota mediante BIZUM o tarjeta de crédito/débito. Hacienda acepta estos métodos desde la campaña anterior. Te contamos más en nuestra guía: cómo fraccionar el pago de la renta.
La otra opción, algo menos recomendable aunque igual de válida si no puedes pagar tu declaración de la renta, es aplazar el pago de tu cuota. Como te adelantábamos, no es tan beneficioso porque tendrás que pagar un interés de demora del 4,0625 % sobre la cantidad aplazada.
Con el aplazamiento de deuda, tendrás un máximo de 24 meses para pagar tu renta más los intereses generados. Es muy sencillo de solicitar, tendrás que marcar la casilla No fraccionado y después Otras modalidades de pago. Selecciona ahí Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento y rellena los datos que te piden
Ten en cuenta que esta opción solo está disponible para deudas de menos de 50.000€, y no necesitarás ni aval ni otro tipo de garantías. Eso sí, mucho ojo porque Hacienda puede rechazar tu solicitud, y si estás fuera del plazo legal para pagar tu renta, te cobrará la cuota más los intereses de demora 😲.
Los requisitos y umbrales pueden cambiar y dependen de tu situación. Consulta la información oficial de la AEAT.
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