Declaración para expatriados: ¿Cómo funciona?

Vivimos en un mundo cada vez más globalizado en el que viajar a otros países por razones de trabajo u ocio es cada vez más normal. ¿Sabes cómo afecta esto a la hora de presentar la declaración de la renta? Nuestros expertos te explican todo lo que tienes que saber sobre el tema.

    01.

    ¿Qué extranjeros deben declarar su renta?

    Según la Ley del IRPF, serán contribuyentes a este impuesto todas las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español. Por lo tanto quedan incluidos todos los extranjeros que residan legalmente en España.

    En cuanto a la obligación de presentar la declaración de la renta, los extranjeros se rigen por los mismos límites de renta que el resto de los contribuyentes. Puedes consultar estas cuantías aquí.

    02.

    ¿Cómo saber si soy residente fiscal en España?

    El artículo 9 de la Ley del IRPF detalla las circunstancias en las que se considera que un contribuyente es residente fiscal en España. Basta con cumplir uno de los siguientes requisitos:

    • Permanecer más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. A estos efectos se computarán las ausencias esporádicas a menos que se acredite residencia fiscal en otro país.
    • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Deberá tenerse en cuenta que esto se presumirá, a menos que se pruebe lo contrario, si el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél residen en territorio español.

    No se considerarán residentes en España a efectos del IRPF los extranjeros miembros de misiones diplomáticas o consulares y funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial. De la misma forma, aquellas personas que ejerzan estas mismas funciones para el gobierno de España y residan en el extranjero sí serán considerados contribuyentes al IRPF.

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    03.

    Declara la renta con régimen especial

    El régimen de impatriados, también conocido como “Ley Beckham” es un régimen fiscal especial para aquellos trabjadores que se desplazan a España por motivos laborales. Esta normativa permite que, teniendo el domicilio fiscal en España, se tribute de forma similar a los no residentes (en vez de por el IRPF).

    Tributar por Ley Beckam tiene una serie de ventajas fiscales:

    • Se paga un tipo impositivo fijo del 24% hasta los 600.000 euros, lo que supone un ahorro muy importante en comparación con el régimen progresivo del IRPF, especialmente para rentas altas. En el caso de superar esta cuantía el tipo se incrementa hasta el 47%.
    • Únicamente debes declarar tus ingresos en España, no los generados en el extranjero a diferencia del IRPF, que exige tributar por renta mundial. Esto es aplicable también al impuesto sobre el patrimonio.
    • No hay obligación de presentar el modelo 720 (declaración de bienes en el extranjero).

    Acogerse a la Ley Beckham es voluntario, pero deben de cumplirse una serie de requisitos:

    • La persona que solicita el régimen no debe haber sido residente en España en los últimos 10 años
    • Es necesario que exista un contrato de trabajo que justifique su traslado y residencia en España. En el caso de ser administrador, debe ser propietario de menos del 25% de las acciones de la sociedad.
    • El núcleo de los ingresos por trabajo deben situarse en España, por lo que las retribuciones en el extranjero no podrán ser superiores al 15% del total.
    • Que no se obtengan rentas derivadas de un establecimiento permanente en España.
    • Solicitar este régimen como máximo 6 meses después del inicio de la relación laboral a través de la presentación del modelo 149.

    04.

    ¿Cómo evitar doble imposición de la renta?

    Si has trabajado en el extranjero y tienes que hacer la declaración de la renta en España, debes tener cuidado para no pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos, ya que el IRPF requiere declarar la renta mundial obtenida durante el año fiscal.

    Para ello, primero deberás consultar si existe un convenio de doble imposición con el país donde generaste los ingresos. En la actualidad, España tiene suscritos más de 90 convenios de este tipo, puedes consultar el listado y sus contenidos pinchando aquí. En el caso de que exista, podrás incluir en tu declaración de la renta los impuestos ya pagados sobre los rendimientos que percibiste, reduciendo la cuota tributaria a pagar en España.

    05.

    ¿Cómo hacer el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

    Si has tenido rentas de trabajo en el extranjero deberás tener en cuenta una serie de particularidades a la hora hacer tu declaración de la renta.

    • Rentas exentas: El artículo 7 p) de la Ley del IRPF establece que las rentas del trabajo obtenidas en el extranjero hasta un máximo de 60.100 euros anuales estarán exentas (se omiten de la declaración) si se cumplen los siguientes requisitos.
      • Los trabajos han de realizarse físicamente en el extranjero.
      • En el país de destino debe aplicarse un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF, quedando excluidos todos aquellos territorios considerados paraísos fiscales.
      • Que los citados trabajos se hayan realizado para una entidad no residente en España o para un establecimiento permanente en el extranjero.
      • En el caso de que no se cumplan estos requisitos, los importes se incluirán como se detalla en los siguientes apartados.
    • Ingresos: Los rendimientos obtenidos se incluirán en el borrador como si hubieran sido obtenidos en España.

      Retenciones: Las retenciones soportadas en el país de origen se incluirán en el apartado de deducciones por doble imposición internacional en el caso que se haya suscrito el convenio correspondiente.

    06.

    ¿Cómo hacer la declaración de la renta desde el extranjero?

    En el caso de que te encuentres en el extranjero, el proceso para hacer la declaración de la renta es el mismo que si estuvieras en territorio español. Puedes usar tanto los medios electrónicos de la AEAT como la app de Taxfix sin ningún problema.

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    07.

    Impuesto sobre la renta en el extranjero

    Doble residencia fiscal

    La doble residencia fiscal ocurre cuando dos países consideran a una misma persona residente fiscal en su territorio. Es una situación poco habitual, pero puede ser bastante perjudicial ya que suele conllevar casos de doble imposición sobre los ingresos del contribuyente. Recuerda las circunstancias en las que se considera que eres residente fiscal en España pinchando aquí.

    Para evitar que esto suceda los países suscriben convenios de doble imposición que regulan estas situaciones. En ellos se usan mecanismos de control como los días de residencia, los importes obtenidos o la situación familiar para delimitar la residencia fiscal de las personas entidades. Puedes consultar el listado completo de todos los convenios de doble imposición que ha suscrito España y sus contenidos pinchando aquí.

    Trabajadores desplazados

    En la declaración de la renta se grava la renta mundial del contribuyente, por lo que es necesario declarar todos los ingresos obtenidos, tanto en España como en el extranjero.

    Como hemos visto anteriormente, la Ley del IRPF, en el artículo 7.p) exime de tributar los rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero hasta un máximo de 60.1000 euros anuales cuando se cumplen los siguientes requisitos:

    • Los trabajos han de realizarse físicamente en el extranjero.
    • En el país de destino debe aplicarse un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF, quedando excluidos todos aquellos territorios considerados paraísos fiscales.
    • Que los citados trabajos se hayan realizado para una entidad no residente en España o para un establecimiento permanente en el extranjero.

    Trabajador transfronterizo

    Los trabajadores transfronterizos son aquellos que residiendo en un país, cruzan habitualmente la frontera a otro para trabajar. Estas personas tributarán en el estado en el que sean residentes fiscales. Recuerda las circunstancias en las que se considera que eres residente fiscal en España pinchando aquí.

    • Si es residente fiscal en España el impuesto aplicable es el IRPF y se tributa por renta mundial.
    • Si no es residente fiscal en España el impuesto aplicable es el IRNR (impuesto sobre la renta de no residentes) y se tributa únicamente por lo rendimientos generados en España.

    En estos casos es importante consultar el convenio de doble imposición que haya suscrito España con el país en cuestión (en el caso de que exista) ya que nos indicará con mayor precisión los factores que determinan la residencia fiscal y cómo deben tributar los diferentes ingresos.

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